Inicio de Actividades en el SII: Guía Paso a Paso 2026
El inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) es el primer trámite tributario que debe realizar cualquier persona o empresa que quiera desarrollar actividades económicas en Chile. Aquí te explicamos todo el proceso paso a paso.
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¿Qué es el inicio de actividades?
El inicio de actividades es una declaración jurada que se presenta ante el Servicio de Impuestos Internos mediante la cual una persona natural o jurídica comunica que comenzará a desarrollar actividades susceptibles de generar impuestos. Es obligatorio según el artículo 68 del Código Tributario y debe realizarse antes de comenzar cualquier actividad económica.
Este trámite habilita al contribuyente para emitir documentos tributarios (facturas, boletas, guías de despacho), declarar y pagar impuestos mensuales y anuales, y operar legalmente ante el SII. Sin inicio de actividades, no es posible emitir facturas electrónicas ni boletas de ventas y servicios.
¿Quiénes deben iniciar actividades?
Debe iniciar actividades toda persona natural o jurídica que desarrolle actividades gravadas con impuestos de primera o segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, o que genere operaciones afectas a IVA. Esto incluye:
- Empresas de cualquier tipo (SpA, EIRL, Ltda., SA)
- Personas naturales con giro comercial, industrial o de servicios
- Profesionales independientes que emitan boletas de honorarios (aunque hay excepciones para honorarios puros de 2ª categoría)
- Comerciantes, agricultores, mineros, transportistas
- Cualquier actividad que genere IVA
No necesitan iniciar actividades: trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) y personas que solo perciben rentas de capitales mobiliarios (intereses, dividendos) como inversores pasivos.
Persona natural vs persona jurídica
El proceso difiere ligeramente según el tipo de contribuyente:
Persona natural
Cualquier persona con cédula de identidad chilena puede iniciar actividades usando su RUT personal. No necesita constituir una empresa para comenzar. Es la opción más simple para profesionales independientes, freelancers y pequeños comerciantes. El patrimonio personal responde por las obligaciones del negocio (responsabilidad ilimitada).
Persona jurídica (empresa)
Requiere primero constituir la sociedad (SpA, EIRL, Ltda., etc.) y obtener el RUT de la empresa ante el SII. Luego se realiza el inicio de actividades con el RUT de la sociedad. El representante legal actúa en nombre de la empresa. El patrimonio de la sociedad responde por sus obligaciones, protegiendo el patrimonio personal de los socios (responsabilidad limitada).
Paso a paso: Inicio de actividades online
Paso 1: Obtener clave del SII (e-RUT)
Si no tienes clave del SII, debes obtenerla en sii.cl bajo la opción "Obtener clave". Para personas naturales, se puede obtener con Clave Única (ClaveÚnica.gob.cl) o presencialmente en cualquier oficina del SII con cédula de identidad.
Paso 2: Ingresar al portal sii.cl
Accede a sii.cl → "Inicio de Actividades" → "Inicio de Actividades para Personas" o "para Empresas y Sociedades". Inicia sesión con tu RUT y clave.
Paso 3: Completar el formulario
El sistema solicitará la siguiente información:
- Datos del contribuyente: Nombre/razón social, RUT, domicilio del contribuyente (donde vive la persona o tiene oficinas la empresa).
- Domicilio comercial: Dirección donde se desarrollará la actividad. Puede ser distinto al domicilio del contribuyente. El SII puede verificar este domicilio.
- Código de actividad económica: Seleccionar el código CIIU (Clasificación Internacional Industrial Uniforme) que mejor describa la actividad. Se pueden agregar múltiples giros. Es importante elegir correctamente porque determina obligaciones tributarias específicas.
- Régimen tributario: Para empresas: 14A (General), 14D Nº3 (ProPyme), 14D Nº8 (Transparencia). Para personas naturales con giro: 14D Nº3 es la opción habitual para pymes.
- Capital inicial: Monto del capital con que inicia la actividad.
- Fecha de inicio: Fecha desde la cual comienza a operar.
Paso 4: Seleccionar documentos tributarios
Al iniciar actividades, debes indicar qué documentos tributarios electrónicos emitirás: factura electrónica, factura exenta, boleta electrónica, nota de crédito, nota de débito, guía de despacho, etc. Desde 2018, todos los documentos tributarios son electrónicos obligatoriamente.
Paso 5: Confirmar y enviar
Revisa los datos y confirma. El SII procesará la solicitud y, si todo está correcto, habilitará inmediatamente la emisión de documentos tributarios electrónicos. Recibirás una resolución de autorización.
Códigos de actividad económica más comunes
Los códigos de actividad económica (CIIU) determinan la naturaleza del negocio ante el SII. Algunos de los más utilizados en Chile son:
- 620100: Actividades de programación informática (software, desarrollo web)
- 692000: Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría
- 691001: Actividades jurídicas (estudios de abogados)
- 471100: Venta al por menor en comercios no especializados
- 561000: Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas
- 681011: Alquiler de bienes inmuebles
- 702000: Actividades de consultoría de gestión
- 749000: Otras actividades profesionales, científicas y técnicas
Se pueden tener múltiples giros simultáneamente. Por ejemplo, una empresa puede tener giro de consultoría (702000) y de desarrollo de software (620100) al mismo tiempo.
Factura electrónica y documentos tributarios
Desde 2018, toda facturación en Chile es electrónica obligatoriamente. Al iniciar actividades, el SII habilita automáticamente el sistema de facturación electrónica. Las opciones para emitir documentos son:
- Portal Mipyme del SII: Gratuito, permite emitir facturas, boletas y otros documentos directamente desde sii.cl. Ideal para empresas pequeñas con pocas facturas mensuales.
- Software de facturación: Plataformas como Piriod, Nubox, Bsale o Defontana que se conectan al SII y ofrecen funcionalidades adicionales como control de inventario, cobranzas y contabilidad integrada.
- Sistema propio: Empresas grandes pueden desarrollar su propio sistema certificado por el SII.
Primera vs Segunda categoría
Al iniciar actividades, es importante entender en qué categoría de renta caen sus ingresos:
- Primera categoría: Rentas del capital (empresas, comercio, industria, agricultura, minería, actividades con predominio del capital sobre el trabajo). Tributan con IDPC (25% o 27%).
- Segunda categoría: Rentas del trabajo independiente (profesionales, consultores). Tributan con Impuesto Global Complementario y emiten boletas de honorarios con retención.
Trámites complementarios
El inicio de actividades en el SII no es el único trámite necesario para operar legalmente:
- Patente municipal: Se tramita en la municipalidad donde se ubica el local comercial. El costo varía entre 0,25% y 0,5% del capital propio, con mínimos y máximos según la comuna. Es un trámite obligatorio y tiene renovación semestral.
- Permisos sanitarios: Si el giro involucra alimentos, salud o productos regulados, se requieren permisos de la SEREMI de Salud.
- Inscripción en registros especiales: Según la actividad: Registro de Comercio (sociedades), SAG (alimentos, agricultura), ISP (medicamentos), CMF (empresas financieras), etc.
Errores comunes al iniciar actividades
- Elegir el código de actividad incorrecto: Puede generar obligaciones tributarias no previstas o impedir emitir ciertos documentos.
- No elegir el régimen tributario óptimo: Muchos contribuyentes quedan en 14A por defecto cuando el 14D les convendría más.
- Domicilio no verificable: Si el SII no puede verificar el domicilio, puede rechazar el inicio de actividades.
- Olvidar la patente municipal: Operar sin patente genera multas municipales y puede afectar la calificación tributaria.
- No configurar la facturación electrónica: Algunos contribuyentes no habilitan los documentos que necesitan, como guías de despacho o notas de crédito.
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Preguntas Frecuentes
¿Cuánto cuesta el inicio de actividades en el SII?
El trámite de inicio de actividades ante el SII es completamente gratuito y se puede realizar 100% online a través de sii.cl. No hay tasas ni aranceles. Los únicos costos asociados son la patente municipal (que se tramita aparte en la municipalidad) y los servicios profesionales si decides contratar un contador.
¿Necesito un contador para iniciar actividades?
No es obligatorio legalmente, pero es altamente recomendable. El contador te ayudará a elegir el código de actividad correcto, el régimen tributario más conveniente, y a configurar correctamente la facturación electrónica. Un error en el inicio puede generar problemas tributarios costosos.
¿Puedo iniciar actividades sin oficina ni local comercial?
Sí, puedes usar tu domicilio particular como domicilio comercial. En el SII solo debes declarar una dirección donde se puedan realizar notificaciones. Sin embargo, para la patente municipal, algunos municipios exigen un permiso de uso de suelo compatible con la actividad.
¿Cuánto demora el inicio de actividades?
Si se hace online con e-RUT (clave del SII), el trámite es inmediato. El SII habilita la emisión de documentos tributarios electrónicos en el mismo acto. La verificación de actividades puede tardar algunos días si el SII decide realizar una revisión presencial del domicilio.
¿Qué pasa si no inicio actividades y emito boletas?
Emitir documentos tributarios sin tener inicio de actividades es una infracción tributaria sancionada con multa. Además, los documentos emitidos no tendrán validez tributaria y el receptor no podrá usar el IVA crédito fiscal. Es obligatorio iniciar actividades antes de emitir cualquier documento tributario.